Artes circenses / Artes escénicas / Danza / Nacional / Opera / Teatro / Títeres narracion oral PUBLICADO EL 20 OCTUBRE, 2023 Ministerio de las Culturas abre convocatoria para proceso de renovación del Consejo Nacional de Artes Escénicas

Hasta el 24 de noviembre de 2023, las asociaciones gremiales o sindicales que acrediten ser las más representativas a nivel nacional, podrán presentar los antecedentes que, posteriormente, les habilitarán para nominar a su candidato o candidata de la disciplina o del sector.

El Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio invita a asociaciones sindicales y gremiales de las artes escénicas de todo el país a que presenten la documentación que las acredite como las más representativas de su disciplina o sector. Luego, aquellas que sean consideradas por el Ministerio como las más representativas, serán llamadas para nominar sus candidaturas al Consejo Nacional de Artes Escénicas.

El presente llamado está destinado a las organizaciones de la danza, el teatro, los títeres, la ópera, los cultores y el circo, cuyos consejeros cumplen el período de dos años que señala la Ley 21.175.

Igualmente, la convocatoria está dirigida a las asociaciones gremiales y/o sindicales de los ámbitos de la gestión cultural y administradores de salas, dado que los actuales consejeros de estos sectores cumplen su periodo de mandato.

Consejo Nacional de Artes Escénicas

Entre las atribuciones del Consejo Nacional de Artes Escénicas está realizar propuestas y asesorar a la Subsecretaría de las Culturas y las Artes en la formulación y elaboración de la política nacional de las artes escénicas. Además, este órgano se encarga de discernir y otorgar los Premios Presidente de la República, y de promover el respeto a la libertad de creación y circulación de obras, siempre resguardando el respeto a la diversidad y pluralidad cultural.

El Consejo de Artes Escénicas es un órgano colegiado conformado por 16 integrantes que actúan en representación de las diversas disciplinas y sectores que intervienen en las etapas del ciclo cultural.

De acuerdo al reglamento y cumpliendo con los propósitos de descentralización de los órganos colegiados del Ministerio, al menos 8 de sus integrantes deberán ejercer sus funciones en regiones distintas a la Metropolitana.

Convocatoria

A quienes estén interesados se solicita enviar, a más tardar el 24 de noviembre de 2023, a las 17:00 horas de Santiago de Chile, los siguientes antecedentes:

  1. Acreditación de personalidad jurídica vigente, a través del certificado correspondiente.
  2. Estatutos de la entidad y sus modificaciones, cuando las hubiere, debiendo contemplar entre sus fines u objetivos, aquellos relativos a la disciplina o ámbito que corresponda a la designación que se deba realizar.
  3. Documentación que permita la identificación del Directorio y domicilio de la organización.
  4. Nómina de asociados vigentes, debidamente inscritos en el registro oficial de la organización, al año anterior al que corresponda efectuar el respectivo nombramiento de integrantes del Consejo.
  5. Informe de las actividades realizadas, en que conste la experiencia demostrada por la organización.
  6. Ficha de postulación – Descargar aquí.

Para estos efectos, se entenderá por experiencia demostrada de la organización la existencia pública de actividades realizadas en los territorios asociados, reuniones o asambleas de socios, redes sociales activas, entre otros, considerando la relevancia e impacto de éstas dentro de la disciplina o sector correspondiente.

Estas actividades deberán estar respaldadas a través de publicaciones, documentos (actas, minutas de reuniones, convenios) información de prensa (notas de prensa, entrevistas, artículos, entre otros) u otros soportes que las acrediten, tales como fotografías, registros de videos, audios, etc.

Los documentos presentados deben dar cuenta, al menos, del año de realización, nombre de la actividad, el número de participantes, comuna y región de realización, participación de otras entidades u organizaciones relevantes, entre otros.

Los(as) consejeros(as), en el ejercicio de sus atribuciones, deberán observar el principio de probidad administrativa y, en particular, quedarán sujetos a las normas de probidad y a los deberes y prohibiciones establecidos en el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y en la ley N° 20.880, sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses.

Las asociaciones gremiales o sindicales de carácter nacional deberán enviar los antecedentes solicitados al correo electrónico consejoescenicas@cultura.gob.cl indicando en el asunto «Convocatoria Consejo Nacional de Artes Escénicas».

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