Libro y Lectura / Nacional PUBLICADO EL 11 DICIEMBRE, 2019 Convocatoria para designar las asociaciones que elegirán los integrantes del Consejo Nacional del Libro y la Lectura 2020 – 2022

El Consejo Nacional del Libro y la Lectura, de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, informa que corresponde proceder a la renovación de sus consejeros integrantes para el periodo 2020 – 2022, los cuales, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley Nº 19.227 y 2º del Decreto Nº 137, de 2011, del Ministerio de Educación, corresponden a las siguientes 12 personas, a saber:

  • El Subsecretario de las Culturas y las Artes, quien lo presidirá;
  • Un representante del Presidente de la República;
  • Un representante del Ministerio de Educación;
  • El Director Nacional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural o su representante;
  • Dos académicos de reconocido prestigio designados por el Consejo de Rectores, uno de los cuales deberá pertenecer a alguna Universidad con sede en regiones distintas a la Región Metropolitana.
  • Dos escritores designados por la asociación de carácter nacional más representativa que los agrupe. Estos escritores no deberán ser necesariamente socios activos de dicha entidad o de otra de igual naturaleza;
  • Dos representantes de las asociaciones de carácter nacional más representativas de los editores y de los distribuidores y libreros, debiendo uno estar vinculado a la edición y otro a la comercialización;
  • Un profesional de la educación de reconocida experiencia en la promoción de la lectura, designado por la asociación profesional de educadores de carácter nacional más representativa; y
  • Un profesional de la bibliotecología con reconocida experiencia en bibliotecas públicas o escolares, designado por la asociación profesional de bibliotecólogos de carácter nacional más representativa

En esta ocasión, el Consejo Nacional del Libro y la Lectura debe renovar a sus consejeros integrantes designados por la asociación profesional de educadores de carácter nacional, más representativa y por la asociación de carácter nacional más representativas de los editores y de los distribuidores y libreros, en este caso vinculada a la edición. De manera que convoca a todas las asociaciones respectivas a participar de este importante proceso, haciendo llegar, a más tardar el día 30 de diciembre de 2019, los siguientes antecedentes:

  • Copia de los estatutos y sus modificaciones, si las hubiere;
  • Certificado de personalidad jurídica vigente;
  • Certificado de nómina de directorio;
  • Nómina de asociados debidamente inscritos en el registro de la asociación;
  • Comprobante de domicilio;

Los antecedentes indicados deberán ser enviados mediante el correo electrónico fondodellibro@cultura.gob.cl  o entregados materialmente en las oficinas ubicadas en Ahumada N° 48, Piso N° 5, comuna de Santiago, Región Metropolitana, antes de las 16:00 horas del día 30 de diciembre de 2019.

Se hace presente, que de conformidad con lo establecido en el artículo 3º del Decreto Nº 137 del Ministerio de Educación, los consejeros designados por las asociaciones nacionales convocadas durarán dos años en el cargo, pudiendo ser designados para el periodo siguiente.

Asimismo, se hace presente que los consejeros desempeñarán su cargo ad honorem y que deberán cumplir las normas de probidad y abstención de los artículos 54 y 55 de la Ley 18.575, y 12 de la Ley Nº 19.880.

Por último, se informa que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº 19.227, son funciones del Consejo Nacional de Libro y la Lectura, entre otras, las siguientes:

  • Asesorar en la formulación de la política nacional del libro y la lectura;
  • Convocar anualmente a los concursos públicos por medio de una amplia difusión nacional, sobre bases objetivas, señaladas previamente de conformidad con lo establecido en el artículo 4º de la Ley 19.227, para asignar los recursos del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura;
  • Seleccionar cada año las mejores obras literarias de autores nacionales, en los géneros de poesía, cuento, novela, ensayo y teatro, previo concurso.