Participación Ciudadana – Subsecretaría de las Culturas y las Artes

Participación ciudadana y normativa vigente

1. ¿Cómo entendemos la Participación Ciudadana?

El Ministerio entiende por Participación Ciudadana “el proceso de construcción social de las políticas públicas que, conforme al interés general de la sociedad democrática, canaliza, da respuesta o amplía los derechos económicos, sociales, culturales, políticos y civiles de las personas y los derechos de las organizaciones o grupos en que se integran, así como los de las comunidades y pueblos indígenas”.

Este concepto, contenido en la Norma de Participación Ciudadana de la Subsecretarías de las Culturas y las Artes, es el que incorpora la Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana en la Gestión Pública (2009), refrendado por el Estado chileno.

Revisa la Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana en la Gestión Pública (2009) en este enlace.

Entre los aspectos relevantes de la definición resaltan:

  1. El vínculo de la Participación Ciudadana con el ciclo de políticas públicas y su proceso de construcción social;
  2. La participación ciudadana como un derecho exigible a las autoridades públicas, y a la vez, como un deber cívico de tomar parte en las decisiones del Estado; y
  3. La amplia convocatoria social y cultural de personas llamadas a participar, que ensancha los mecanismos tradicionales de representación política en el Estado.
2. ¿Cómo se vincula el concepto de Participación Ciudadana con la Gestión Pública?

La regulación de la Participación Ciudadana en la Gestión Pública reconoce a las personas el derecho a participar en la toma de decisiones públicas en las materias que los involucra o afecta, desde un principio universal e inclusivo, poniendo especial esfuerzo en identificar y convocar a aquellas personas y comunidades que históricamente no participan, y aquellas que tienen brechas o barreras para su participación.

Por tanto, la Gestión Pública está llamada a poner en el centro de su quehacer a la ciudadanía y la resolución de los problemas públicos que les atañen. Para llevar a cabo esta labor debe habilitar y regular los mecanismos de participación ciudadana necesarios para: i) generar el vínculo con los procesos del ciclo de políticas públicas en todos los niveles territoriales; y ii) fortalecer las experiencias y potenciar las capacidades de gestión de los problemas sociales que aquejan a la ciudadanía, representada a través de sus organizaciones, ensanchando también así, los espacios de articulación y colaboración que legitiman y profundizan la efectividad de las decisiones públicas.

Esos ámbitos son prioritarios en la Ley N° 20.500 sobre Asociaciones y Participación en la Gestión Pública, que reconoce a las y los ciudadanos el derecho de participación en la toma de decisiones públicas, y la Norma de participación Ciudadana de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, que regula esta materia y establece los mecanismos de participación.

A continuación, enlaces con información relevante:

Resulta importante señalar que la Participación Ciudadana en la Gestión Pública se reconoce no sólo en la generación de políticas públicas, sino también en la definición de estrategias, prioridades, a través de los instrumentos de implementación (planes, programas y proyectos)

Considera, en términos generales, tres niveles de intensidad asociadas a grados de obligatoriedad que esta conlleva para el Estado, a saber:

  1. Consultiva: Se recoge y considera la opinión ciudadana de una manera no vinculante.
  2. Deliberativa: Implica diálogo y toma de decisión conjunta entre el Estado y la sociedad civil, considerando que los acuerdos tomados tendrán carácter vinculante para el Estado.
  3. Corresponsabilidad y Control Ciudadano: Implica niveles de co-ejecución, supervisión y reformulación deliberativa del accionar público entre el Estado y la Sociedad Civil.

En esta misma línea se orientan el Programa de Gobierno y la Agenda de Modernización del Estado 2022-2026, que incorporan el compromiso de promover y fortalecer los procesos participativos y la participación ciudadana con perspectiva de género, fomentando tanto el desarrollo como el dinamismo de las organizaciones de la sociedad civil.

Revisa la Agenda de Modernización del Estado.

3. ¿Cuáles son los fundamentos en que se basa la Participación Ciudadana en la Gestión Pública?

La incorporación de la Participación Ciudadana en la Gestión Pública, basada en la buena fe de los procesos y personas participantes, y desde una mirada integral, incluye los siguientes fundamentos y principios:

  • La participación ciudadana como derecho: Que el Estado debe asegurar y promover en todos los ámbitos de su gestión y niveles territoriales, en base a los principios de universalidad, igualdad y no discriminación, y que cuenta con regulación normativa en distintas fuentes legales y reglamentarias.
  • Enfoque de derechos: Reconoce los enfoques basados en derechos humanos (EBDH), entre ellos: territorial, multiculturalidad, de género, etario, personas con discapacidad y medio ambiente limpio, saludable y sostenible.
    Cabe señalar la relevancia del trabajo realizado en materia de Género en el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio que ha orientado una creciente y permanente visibilidad de la participación política y social de las mujeres y de la diversidad sexo genérica en los distintos espacios territoriales y de toma de decisión pública. Lo anterior para la promoción, fortalecimiento y pleno ejercicio de sus liderazgos y participación en espacios de poder; y crecientemente en materia de Inclusión, generando espacios y promoviendo un desarrollo individual y social equitativo, facilitando que los intereses de los diversos sectores de la sociedad civil sean incorporados en las decisiones y acciones del Ministerio, sin discriminaciones arbitrarias, conforme dispone la Ley N°20.609 que establece medidas contra la discriminación.
  • Derecho de la Ciudadanía a la Información Pública: Las políticas públicas, estrategias, prioridades y gestión de las mismas, a través de los instrumentos de implementación, deben ser conocidas por la sociedad, especialmente por quienes son sus destinatarios, tanto en el acceso a la oferta de los servicios institucionales, como en el control y transparencia de la función pública.
  • Fortalecimiento de la Sociedad Civil: Las políticas públicas sectoriales deben incluir iniciativas concretas de fortalecimiento de las organizaciones de la sociedad civil que corresponden a su ámbito programático, teniendo en cuenta criterios de equidad, agenda de género y descentralización.
5. ¿Cuáles son los mecanismos de Participación Ciudadana de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes?

Los mecanismos de Participación Ciudadana de la Subsecretaria de las Culturas y las Artes, de acuerdo a lo indicado en la normativa interna vigente, Resolución Exenta N° 188 de 2021, son los siguientes:

  • Cuenta pública participativa
  • Consejos de la sociedad civil
  • Consulta ciudadana
  • Acceso a información relevante

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