El derecho de autor es aquel que por el solo hecho de la creación, adquieren los autores de obras de la inteligencia en los dominios literarios, artísticos y científicos, cualquiera que sea su forma de expresión.
Por tanto, el derecho de autor protege obras (creaciones intelectuales) de cualquier tipo: música, videos, fotografías, obras plásticas, literarias y científicas, guiones, obras de teatro, arquitectura, softwares, aplicaciones, etc.).
Así como tu pides una contraprestación por tu oficio o profesión y haz invertido tiempo, estudios y esfuerzo en tus actividades, los autores también pueden pedir una contraprestación por el usos de sus obras cuya creación les ha involucrado tiempo, recursos, trabajo y estudios.
Siempre que uses obras de terceros debes contar con la respectiva autorización o licencia de forma previa al uso. Tú eres el responsable de obtener esta autorización respecto del titular de los derechos de autor. En algunos casos podrás recurrir a las entidades de gestión colectiva para solicitar licencias para usos determinados y pagar las respectivas tarifas.
Ahora bien, que tengas que estar autorizado, no significa siempre que tengas que buscar al autor o titular para pedirle directamente una licencia. Existen plataformas gratuitas que ya negociaron esta licencia para que tú puedas mirar contenido, por ejemplo ONDAMEDIA. En el caso de bibliotecas, como por ejemplo BIBLIOTECA PÚBLICA DIGITAL, puedes también leer el ejemplar que ya fue comprado por la biblioteca. También existen otras plataformas como Spotify, Netflix, etc., que te otorgan licencias a través de la respectiva suscripción, por lo que una vez suscrito puedes ver el contenido respetando los derechos de autor.
Por otra parte, el hecho de que alguien publique contenidos en redes públicas o en aquellas que te ha dado acceso implica que puedes mirar dicho contenido, pero no puedes realizar otra cosa con las obras. Por ejemplo, puedes ver un video en YouTube que ha sido puesto a disposición legítimamente por el titular pero no puedes tomarlo, modificarlo, o publicarlo por tu cuenta en otra plataforma. Por último, también existen casos en que el propio autor o titular te otorga una licencia de antemano como es el caso de las licencias Creative Commons. Lo importante en estos casos es que uses las obras dentro de lo que está permitido.
El derecho de autor protege la obra y cualquier uso de ella. El hecho de que una obra esté disponible para ser revisada en Internet no implica que puedas tomarla, modificarla, publicarla en otro sitio o realizar ningún uso no autorizado por el respectivo titular. Únicamente podrás utilizar un video, fotografía, música, software, diseño o cualquier obra que esté disponible en Internet cuando el titular haya otorgado una licencia previa y específica para ese uso (por ejemplo en una licencia creative commons) siempre que cumplas con las condiciones de esta licencia. En caso contrario, deberás contactarte con el titular para negociar una autorización particular o con la entidad de gestión colectiva que corresponda.
El derecho patrimonial de autor tiene un plazo de duración. Este plazo de duración, en general, será de 70 años contados desde el fallecimiento del autor. Una vez transcurrido este plazo la obra pasa a formar parte de que se denomina patrimonio cultural común, lo que significa que podrás utilizar libremente y sin restricciones, siempre que respetes los derechos morales de autor.
Además de las obras cuyo plazo de protección se ha extinguido, pertenecen al patrimonio cultural común:
La regla general es que para utilizar una obra se debe pedir el permiso al titular del derecho patrimonial de autor. No obstante, hay algunas circunstancias en que se permite su uso sin requerir esa autorización y sin que eso signifique atentar contra la propiedad intelectual. Estas circunstancias se denominan excepciones y limitaciones al derecho de autor.
Las siguientes son las situaciones especiales en que se permite el uso libre de obras, prestaciones artísticas o contribuciones conexas protegidas:
Excepciones generales
Excepciones para bibliotecas y archivos
Excepciones para el uso de programas computacionales
Los derechos morales de autor, son irrenunciables, inalienables, intransferibles y personales, es decir que siempre pertenecerán al autor (persona natural) y no tienen plazo de duración y buscan garantizar el reconocimiento de la autoría de la obra realizada y el respeto a la integridad de la misma.
Así, aunque el autor se desprenda totalmente de sus derechos patrimoniales, siempre mantendrá las facultades morales, por lo que el autor siempre podrá:
Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio
Gobierno de Chile
Dirección Valparaíso: Plaza Sotomayor 233. Teléfono: (32) 2326400
Dirección Santiago: Paseo Ahumada 48, Pisos 4, 5, 6, 7, 8 y 11
Teléfonos: 226189000 – 226189001
Formulario de atención ciudadana Subsecretaría de las Culturas y las Artes
Formulario de atención ciudadana Servicio Nacional del Patrimonio Cultural