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Se presenta información relativa a diversos instrumentos jurídicos con el objeto de facilitar el acceso a normativa internacional concerniente a diferentes ámbitos de la cultura, el patrimonio cultural, los bienes culturales, la propiedad intelectual, los medios audiovisuales, los derechos culturales, entre otros ámbitos de interés al sector cultural. Cabe precisar que la normativa es dinámica por lo que esta recopilación no procura ser exhaustiva, sino que más bien pretende ser una orientación de orden práctico para creadores, artistas, investigadores, innovadores y público en general interesado en estas materias.

Unidad de Asuntos Internacionales

La Unidad Internacional está radicada en el gabinete del Ministro Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. Su rol principal es implementar las políticas culturales en el ámbito internacional, en coordinación con otros agentes públicos y privados. Su labor se divide en dos ámbitos de trabajo: política internacional y proyectos internacionales.

Políticas que nos rigen:

Ley 19.891 – Ley del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (extracto de artículos con dimensión internacional).

6) Fomentar el desarrollo de capacidades de gestión cultural en ámbitos internacional, nacional, regional y local.

9) Establecer vínculos de coordinación y colaboración con reparticiones públicas que, sin formar parte del Consejo ni relacionarse directamente con éste, cumplan también funciones en el ámbito de la cultura.

10) Desarrollar la cooperación, asesoría técnica e interlocución con corporaciones, fundaciones y demás organizaciones privadas cuyos objetivos se relacionen con las funciones del Consejo, y celebrar con ellas convenios para ejecutar proyectos o acciones de interés común.

11) Diseñar políticas culturales a ser aplicadas en el ámbito internacional, y explorar, establecer y desarrollar vínculos y convenios internacionales en materia cultural, para todo lo cual deberá coordinarse con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Política Cultural 2011-2016 (principal centro de responsabilidad de la Unidad Internacional en su dimensión internacional):

Objetivo #4: Contribuir a instalar los bienes y servicios artístico-culturales en el escenario internacional

4.1. Se generan oportunidades para la presencia de artistas chilenos en los escenarios internacionales.

4.2. Se Impulsa la generación de redes destinadas a promover la internacionalización de la cultura y sus contenidos.

4.3. Se instalan y apoyan expresiones, productos, bienes y servicios artístico-culturales en países fronterizos.

Objetivo #3 : Fortalecer y actualizar las normativas relacionadas con el arte y cultura

3.1. Se adecuan y actualizan las normativas artístico-culturales de acuerdo a las necesidades de los diferentes sectores. Se promueve la armonía de la legislación nacional en relación a la internacional. Se insta la ratificación de convenios internacionales pendientes.

Objetivo #13: Contribuir a que se valore y resguarde el patrimonio cultural inmaterial

13.1. Se diseña y ejecutan estrategias que conducen a investigar, identificar, recuperar y difundir el patrimonio inmaterial.

Se promueve y difunden acuerdos internacionales en relación a los pueblos originarios en lo pertinente con la cultura y el patrimonio inmaterial.

Glosario

A continuación, se ofrece un pequeño glosario de términos jurídicos cuyo fin es facilitar las eventuales búsquedas que se efectúen dentro de la plataforma:

  • Tratados Internacionales: Refiere a acuerdos internacionales celebrados por escrito entre Estados y que se rigen por el derecho internacional. Poseen doble naturaleza, son al mismo tiempo una regla que cuenta como derecho internacional y una regla que cuenta como parte del derecho interno de cada país. Constituyen instrumentos jurídicamente vinculantes para las Partes. Por regla general, comienzan a regir tras su ratificación o bien en el momento que el mismo instrumento indique.
  • Acuerdos de Libre Comercio: Refiere a acuerdos comerciales regionales o bilaterales que buscan ampliar el mercado de bienes y servicios entre los países participantes. Según el grado de dimensiones del comercio internacional que estos acuerdos comerciales abarquen, éstos se clasifican en cuatro diferentes categorías: Acuerdos de Asociación Estratégica; Tratados de Libre Comercio; Acuerdos de Complementación Económica; y, Acuerdos de Alcance Parcial.
    La inclusión de este tipo de instrumentos en el Buscador dice relación con la incidencia que eventualmente pueden tener en el sector cultural a través de Capítulos como Propiedad Intelectual o Cooperación, entre otros.
  • Instrumentos Interinstitucionales de Cooperación: Refiere a instrumentos internacionales de cooperación que se suscriben entre instituciones. En el caso del presente Buscador, los instrumentos han sido suscritos por el ex Consejo Nacional de la Cultura y las Artes o por el actual Mincap.
  • Convenciones de la Unesco: Refiere a tratados multilaterales, es decir, acuerdos internacionales celebrados entre Estados por escrito y regidos por el derecho internacional. Al convertirse en partes de una Convención de la UNESCO, los Estados obtienen derechos y aceptan obligaciones en virtud del derecho internacional. Estas Convenciones, en otras palabras, definen normas en los ámbitos de la educación, la ciencia y la cultura, que los Estados asumen el compromiso jurídico de cumplir.
    Los Estados pueden ratificar, aceptar o adherirse a estas convenciones internacionales. Estos instrumentos definen las normas a que los Estados aceptan someterse. La lista de los Estados partes incluye los Estados miembros que han firmado o han aceptado someterse al convenio respectivo.
  • Recomendaciones de la Unesco: Refiere a instrumentos mediante los cuales la Conferencia General formula principios y normas para la reglamentación internacional de una cuestión determinada e invita a los Estados Miembros a adoptar las medidas legislativas o de otro tipo que sean necesarias para su aplicación. Dado que emanan del órgano rector de la UNESCO, compuesto por todos los representantes de los Estados Miembros de la Organización, las recomendaciones poseen una gran autoridad y están destinadas a influir en el desarrollo de las legislaciones y prácticas nacionales en los ámbitos de la educación, la ciencia y la cultura.
  • Declaraciones y Cartas de la Unesco: Al igual que las Recomendaciones, las Declaraciones, así como las Cartas y otros instrumentos similares, refiere a instrumentos que tienen por objeto establecer normas en los ámbitos de la educación, la ciencia y la cultura, pero no son vinculantes en virtud del derecho internacional. Enuncian principios universales a los que la comunidad de Estados desea atribuir la mayor autoridad posible y conceder el apoyo más amplio posible.
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